El delito de discriminación laboral explicado por nuestros abogados penalistas en Barcelona
El delito de discriminación laboral constituye una infracción de los derechos fundamentales de los trabajadores dentro del ámbito jurídico español.Se trata de una conducta delictiva que puede tener consecuencias penales graves, tanto para el autor como para la empresa.
Desde la mirada de nuestros abogados expertos en delito de discriminación laboral en Barcelona, ofreceremos una visión completa de este delito y la importancia de contar con el asesoramiento adecuado de nuestros abogados penalistas.
El delito de discriminación laboral: Marco legal, definición y conceptos
Marco legal
El marco legal del delito de discriminación laboral en España se encuentra regulado en el Código Penal, en concreto en el artículo 314. Este artículo tipifica como delito la discriminación grave en el empleo, público o privado, por razón de:
- Ideología, religión o creencias.
- Pertenencia a una etnia, raza o nación.
- Sexo.
- Orientación sexual.
- Situación familiar.
- Enfermedad o minusvalía.
- Ostentar la representación legal o sindical de los trabajadores.
- El parentesco con otros trabajadores.
- El uso de alguna de las lenguas oficiales dentro del Estado español.
Para que la conducta sea constitutiva de delito, es necesario que concurran los siguientes requisitos:
- Que se produzca una discriminación grave. Esto significa que la discriminación debe ser manifiesta y significativa, y que tenga un impacto negativo en la situación del trabajador discriminado.
- Que la discriminación se produzca en el empleo, público o privado.
- Que la discriminación se produzca por alguna de las causas enumeradas en el artículo 314 del Código Penal.
Además del Código Penal, la discriminación laboral también está prohibida por la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Esta ley establece que las mujeres y los hombres tienen derecho a la igualdad de trato y oportunidades en el acceso al empleo, en el trabajo y en las condiciones de trabajo.
La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, también prohíbe la discriminación por razón de las características personales o circunstancias sociales de las personas, incluyendo la orientación sexual y la identidad de género.
Qué es el delito de discriminación laboral
El delito de discriminación laboral es cuando alguien trata a otra persona de forma diferente en el trabajo por su raza, religión, sexo, orientación sexual, situación familiar, enfermedad o minusvalía, o por ser representante sindical o tener parentesco con otros trabajadores.
Por ejemplo, si un empresario no contrata a una persona por su raza, o si despide a una persona por su orientación sexual, estaría cometiendo un delito de discriminación laboral.
Para que la conducta sea constitutiva de delito, es necesario que la discriminación sea grave, es decir, que tenga un impacto negativo en la situación del trabajador discriminado.
Por ejemplo, si un empresario asigna a un trabajador un puesto de trabajo inferior a sus capacidades por su discapacidad, estaría cometiendo un delito de discriminación laboral, incluso si no le despide.
Elementos del delito de discriminación laboral
Para que la conducta sea constitutiva de delito, es necesario que concurran todos estos elementos.
El objeto material
El objeto material del delito es el empleo, público o privado. Esto significa que la discriminación puede producirse en cualquier empresa o institución, independientemente de su tamaño o sector de actividad.
El sujeto activo
El sujeto activo del delito puede ser cualquier persona, física o jurídica, que tenga la capacidad de contratar o despedir trabajadores. Esto incluye a empresarios, directivos, representantes legales de las empresas, y también a las administraciones públicas.
El sujeto pasivo
El sujeto pasivo del delito es el trabajador que es discriminado. Esto incluye a cualquier persona que tenga una relación laboral, independientemente de su condición, antigüedad o categoría.
El elemento subjetivo
El elemento subjetivo del delito es el dolo, es decir, la intención de discriminar a la víctima por alguna de las causas enumeradas en el artículo 314 del Código Penal. Esto significa que el autor del delito debe ser consciente de que está discriminando a la víctima y que lo hace con la intención de perjudicarla.
El elemento objetivo
El elemento objetivo del delito es la conducta discriminatoria, que debe ser grave y tener un impacto negativo en la situación del trabajador discriminado.
Para que la conducta sea constitutiva de delito, debe ser grave, es decir, debe tener un impacto negativo en la situación del trabajador discriminado. Esto significa que la discriminación debe tener consecuencias negativas para el trabajador, como el despido, la pérdida de oportunidades laborales, o la imposición de condiciones de trabajo más desfavorables.
Algunos ejemplos de conductas discriminatorias que podrían ser constitutivas de delito son:
- No contratar a un trabajador por su raza o religión.
- Despedir a un trabajador por su orientación sexual.
- No promover a un trabajador por su sexo.
- Asignar a un trabajador un puesto de trabajo inferior a sus capacidades por su discapacidad.
- Imponer a un trabajador condiciones de trabajo más desfavorables por su ideología o creencias.
- Acosar o insultar a un trabajador por su situación familiar.
Si crees que has sido víctima de discriminación laboral, puedes denunciar los hechos ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social o ante la Fiscalía.
Tipos de delito de discriminación laboral
El delito de discriminación laboral se clasifica en dos tipos:
Discriminación directa
Es aquella que se produce cuando se trata a una persona de forma diferente por alguna de las causas enumeradas en el artículo 314 del Código Penal, sin justificación objetiva o razonable.
Es decir, cuando se produce de manera explícita y cuando una persona es tratada de manera menos favorable que otra en razón de una circunstancia personal o social protegida. Por ejemplo, un empresario que se niega a contratar a una persona por su sexo, o que despide a una trabajadora por estar embarazada.
Discriminación indirecta
Es aquella que se produce cuando una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros tienen un efecto discriminatorio sobre una persona por alguna de las causas enumeradas en el artículo 314 del Código Penal.
Es decir, es aquella que se produce de manera encubierta, cuando una práctica o criterio aparentemente neutro tiene un efecto discriminatorio para una determinada persona o grupo de personas. Por ejemplo, una empresa que establece un requisito de altura para un puesto de trabajo que, en realidad, es imposible de cumplir para la mayoría de las mujeres.
Fase de comisión
La fase de comisión de un delito es aquella en la que se realizan los actos que integran la conducta delictiva. En el caso de la discriminación laboral, la fase de comisión se produce cuando se produce un trato desigual en el ámbito laboral que se base en una circunstancia personal o social protegida.
Para que se considere que se ha producido una discriminación laboral en la fase de comisión, es necesario que se cumplan los siguientes requisitos:
- Que haya un trato desigual. Esto significa que una persona sea tratada de manera menos favorable que otra en razón de una circunstancia personal o social protegida.
- Que el trato desigual se produzca en el ámbito laboral. Esto significa que el trato desigual se produzca en el contexto de una relación laboral, ya sea de trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia.
- Que el trato desigual se base en una circunstancia personal o social protegida. Esto significa que el trato desigual se base en una circunstancia que está protegida por la ley, como el sexo, la raza, la religión, la discapacidad, la orientación sexual, la edad, etc.
Por ejemplo, un empresario que se niega a contratar a una persona por su sexo está cometiendo un delito de discriminación laboral en la fase de comisión.
Fase de consumación
La fase de consumación de un delito es aquella en la que se produce el resultado típico del delito. En el caso de la discriminación laboral, la fase de consumación se produce cuando el trato desigual tiene un efecto negativo para la persona trabajadora.
Para que se considere que se ha producido una discriminación laboral en la fase de consumación, es necesario que se cumplan los siguientes requisitos:
- Que el trato desigual haya tenido un efecto negativo para la persona trabajadora. Esto significa que el trato desigual haya causado un daño o perjuicio a la persona trabajadora.
Por ejemplo, una trabajadora que es despedida por estar embarazada está sufriendo un daño o perjuicio, ya que se ve privada de su empleo y de sus ingresos.
La diferencia entre la fase de comisión y la fase de consumación es importante, ya que la sanción penal que se aplica a un delito puede variar en función de la fase en la que se produce. Por ejemplo, en el caso de la discriminación laboral, la sanción penal será más grave si la discriminación se consuma, es decir, si tiene un efecto negativo para la persona trabajadora.
En el caso concreto de la discriminación laboral, la fase de comisión y la fase de consumación pueden producirse de manera simultánea. Por ejemplo, un empresario que despide a una trabajadora por estar embarazada está cometiendo un delito de discriminación laboral en la fase de comisión y en la fase de consumación.
Sin embargo, también es posible que la fase de comisión se produzca antes que la fase de consumación. Por ejemplo, un empresario que se niega a contratar a una persona por su raza está cometiendo un delito de discriminación laboral en la fase de comisión, pero la fase de consumación no se producirá hasta que la persona afectada se presente a una oferta de empleo y sea rechazada por su raza.
En conclusión, la fase de comisión y la fase de consumación son dos conceptos importantes en el derecho penal. En el caso de la discriminación laboral, la fase de comisión se produce cuando se realiza un trato desigual en el ámbito laboral que se base en una circunstancia personal o social protegida. La fase de consumación se produce cuando el trato desigual tiene un efecto negativo para la persona trabajadora.
Conceptos relacionados con el delito de discriminación laboral
Además de los conceptos de fase de comisión y consumación, existen otros conceptos relacionados con el delito de discriminación laboral que es importante conocer. Estos conceptos son los siguientes:
- Circunstancias personales o sociales protegidas: Son las circunstancias que están protegidas por la ley y que no pueden ser utilizadas para discriminar a las personas en el ámbito laboral. Estas circunstancias son, entre otras, el sexo, la raza, la religión, la discapacidad, la orientación sexual, la edad, la situación familiar, la afiliación sindical, etc.
- Resultado típico: Es el daño o perjuicio que sufre la persona trabajadora como consecuencia del trato desigual.
- Trato desigual: Es la conducta que consiste en tratar a una persona de manera menos favorable que a otra en razón de una circunstancia personal o social protegida.
- Ámbito laboral: Es el contexto en el que se produce el trato desigual. El ámbito laboral incluye tanto el empleo por cuenta ajena como el empleo por cuenta propia.
Ejemplos de conceptos relacionados con el delito de discriminación laboral
Circunstancias personales o sociales protegidas:
- Sexo: Un empresario que despide a una trabajadora por estar embarazada.
- Raza: Un empresario que se niega a contratar a una persona por su raza.
- Religión: Un empresario que discrimina a un trabajador por su religión.
- Discapacidad: Un empresario que impone a un trabajador con discapacidad condiciones de trabajo menos favorables.
- Orientación sexual: Un empresario que discrimina a un trabajador por su orientación sexual.
- Edad: Un empresario que despide a un trabajador por su edad.
- Situación familiar: Un empresario que discrimina a un trabajador por su situación familiar.
- Afiliación sindical: Un empresario que discrimina a un trabajador por su afiliación sindical.
Trato desigual:
- Un empresario que se niega a contratar a una persona por su sexo.
- Un empresario que despide a una trabajadora por estar embarazada.
- Un empresario que impone a un trabajador condiciones de trabajo menos favorables por su raza.
- Un empresario que discrimina a un trabajador por su orientación sexual.
Ámbito laboral:
- Un empresario que se niega a contratar a una persona para trabajar en su empresa.
- Un empresario que despide a un trabajador de su empresa.
- Un empresario que impone a un trabajador condiciones de trabajo menos favorables en su empresa.
Resultado típico:
- Una trabajadora que es despedida por estar embarazada y, como consecuencia de ello, se ve privada de su empleo y de sus ingresos.
- Un trabajador que es obligado a trabajar en turnos nocturnos, lo que dificulta su conciliación de la vida laboral y familiar.
- Un trabajador que es discriminado en el ascenso laboral por su edad.
Es importante tener en cuenta que estos conceptos pueden variar en función de la legislación de cada país.
Consecuencias del delito discriminación laboral: Penas y sanciones
Si has cometido un delito de discriminación laboral
Las consecuencias del delito de discriminación laboral pueden ser de naturaleza penal, civil o administrativa.
Penas penales
En España, el delito de discriminación laboral está tipificado en el artículo 311 del Código Penal. Este artículo establece que:
- El que, por razón de origen racial o étnico, religión, discapacidad, edad, orientación sexual o condición de la víctima, causare a otro un trato desigual jurídico o de hecho, será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años o multa de seis a doce meses.
La pena se impondrá en su mitad superior cuando el delito se cometa:
- En el ámbito de la relación laboral.
- A una persona especialmente vulnerable por razón de su edad, enfermedad o discapacidad.
- Mediante violencia o intimidación.
- A través de los medios de comunicación o de las nuevas tecnologías.
Sanciones civiles
Las personas que sufran discriminación laboral pueden reclamar ante los tribunales una indemnización por los daños y perjuicios que hayan sufrido como consecuencia de la discriminación.
La indemnización debe cubrir todos los daños y perjuicios que la discriminación haya causado, tanto materiales como morales. Los daños materiales incluyen, por ejemplo, la pérdida de ingresos, los gastos médicos, etc. Los daños morales incluyen, por ejemplo, el sufrimiento psicológico, el daño a la reputación, etc.
Sanciones administrativas
Las empresas que incurran en discriminación laboral pueden ser sancionadas por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Las sanciones administrativas que se pueden imponer son las siguientes:
- Amonestación.
- Multa de hasta 7.500 euros.
- Cierre del centro de trabajo.
La sanción que se imponga dependerá de la gravedad de la discriminación y de las circunstancias del caso.
Si has sido víctima de un delito de discriminación laboral
Si has sido víctima de un delito de discriminación laboral, las consecuencias que puedes sufrir pueden ser diversas, tanto de naturaleza económica como psicológica.
Derechos de las víctimas de discriminación laboral
Las personas que sufran discriminación laboral tienen una serie de derechos que les protegen. Estos derechos incluyen:
- El derecho a la igualdad de trato y no discriminación. Este derecho está reconocido en la Constitución española y en la legislación laboral.
- El derecho a la tutela judicial efectiva. Este derecho permite a las personas que sufran discriminación laboral acudir a los tribunales para reclamar sus derechos.
En conclusión, las consecuencias del delito de discriminación laboral pueden ser graves, tanto para la persona que sufre la discriminación como para la empresa que la comete. Es importante conocer los derechos que tienen las personas trabajadoras frente a la discriminación laboral, y saber cómo denunciarla.
Consecuencias psicológicas
Las consecuencias psicológicas de la discriminación laboral también pueden ser graves, ya que puedes sufrir estrés, ansiedad, depresión, o incluso problemas de salud física.
Por ejemplo, si soy discriminado por mi orientación sexual, puedo sentirme rechazado y aislado. Si soy discriminado por mi edad, puedo sentirme menos valorado y con menos oportunidades. Si soy discriminado por mi religión, puedo sentirme inseguro y amenazado.
Es importante que las personas que sufran discriminación laboral conozcan sus derechos y sepan cómo denunciarla.
Consecuencias económicas
Las consecuencias económicas de la discriminación laboral pueden ser graves, ya que puedes perder tu empleo, ver reducida la. retribución, o tener que asumir costes adicionales para poder realizar tu trabajo.
Por ejemplo, si soy despedido por mi sexo, puedo perder mi empleo y mis ingresos. Si me niegan una promoción por mi raza, puedo ver reducida mi retribución. Si me obligan a trabajar en condiciones peligrosas por mi discapacidad, puedo tener que asumir costes adicionales para protegerme.
Circunstancias agravantes del delito de discriminación laboral
En España, el delito de discriminación laboral está tipificado en el artículo 311 del Código Penal y establece penas de prisión de seis meses a tres años o multa de seis a doce meses.
Sin embargo, la pena se impondrá en su mitad superior cuando el delito se cometa:
- En el ámbito de la relación laboral.
- A una persona especialmente vulnerable por razón de su edad, enfermedad o discapacidad.
- Mediante violencia o intimidación.
- A través de los medios de comunicación o de las nuevas tecnologías.
Estas circunstancias agravantes aumentan la gravedad del delito y conllevan una pena más severa.
En el ámbito de la relación laboral
El delito de discriminación laboral se considera más grave cuando se comete en el ámbito de la relación laboral. Esto se debe a que la relación laboral es una relación de especial confianza y dependencia, en la que la persona trabajadora se encuentra en una posición de inferioridad respecto a su empleador.
A través de los medios de comunicación o de las nuevas tecnologías
El delito de discriminación laboral se considera más grave cuando se comete a través de los medios de comunicación o de las nuevas tecnologías. Los medios de comunicación y las nuevas tecnologías permiten que la discriminación se difunda a un mayor número de personas, y que tenga un mayor impacto.
A una persona especialmente vulnerable
El delito de discriminación laboral se considera también más grave cuando se comete contra una persona especialmente vulnerable. Se considera persona especialmente vulnerable a aquella que, por razón de su edad, enfermedad o discapacidad, se encuentra en una situación de inferioridad o de mayor dificultad para defenderse de la discriminación.
Mediante violencia o intimidación
El delito de discriminación laboral se considera más grave cuando se comete mediante violencia o intimidación. La violencia o la intimidación suponen un mayor grado de desprecio o de menosprecio hacia la víctima, y aumentan el daño que la discriminación puede causar.
Qué hacer si has sido víctima de un delito de discriminación laboral
Si has sido víctima de un delito de discriminación laboral, es importante que sigas los siguientes pasos:
- Guarda pruebas de los hechos discriminatorios. Esto puede ayudarte a demostrar que la discriminación ha tenido lugar. Por ejemplo, guarda copias de los documentos relacionados con el empleo, como el contrato de trabajo, las nóminas, los informes de evaluación, etc. También guarda copias de los mensajes, correos electrónicos, o cualquier otra comunicación que pueda demostrar la discriminación.
- Habla con alguien de confianza. Hablar de lo que te ha pasado puede ayudarte a procesarlo y a sentirte mejor. Puede ser un amigo, un familiar, un sindicato, o un abogado.
- Consulta con un abogado. Nuestros abogados expertos en delito de discriminación laboral en Barcelona te puede asesorar sobre tus derechos y sobre cómo denunciar la discriminación.
Cómo denunciar la discriminación laboral
La discriminación laboral se puede denunciar ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, o ante los tribunales.
Denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social
Para denunciar la discriminación laboral ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, se debe presentar una denuncia por escrito, en la que se deben indicar los hechos discriminatorios que se han producido. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social investigará los hechos y, si considera que se ha producido una discriminación, adoptará las medidas oportunas.
Denuncia ante los tribunales
Para denunciar la discriminación laboral ante los tribunales, se debe presentar una demanda judicial, en la que se deben indicar los hechos discriminatorios que se han producido, y se deben solicitar las medidas que se consideran oportunas. Para ello, será necesaria la ayuda de un abogado experto en delitos de discriminación laboral en Barcelona.
Medidas que se pueden solicitar
Si se considera que se ha producido una discriminación laboral, se pueden solicitar las siguientes medidas:
- Reparación de los daños y perjuicios causados. Esto puede incluir la devolución del empleo, la indemnización por los daños económicos, o la indemnización por los daños morales.
- Sanción al empleador. Esto puede incluir una multa, el cierre del centro de trabajo, o la inhabilitación para contratar a trabajadores.
Recursos para las víctimas de discriminación laboral
Las víctimas de discriminación laboral tienen derecho a reclamar sus derechos. Pueden hacerlo ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social o ante la Fiscalía.
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social puede iniciar un procedimiento sancionador contra el empresario o el empleador que haya discriminado a un trabajador. Si la Inspección de Trabajo y Seguridad Social considera que la discriminación ha sido grave, puede imponer una multa al empresario o al empleador.
La Fiscalía puede presentar una denuncia ante el juez para que se investigue la discriminación. Si el juez considera que la discriminación ha sido constitutiva de delito, puede imponer una pena al empresario o al empleador.
Prescripción del delito de discriminación laboral
La prescripción del delito de discriminación laboral está regulada en el artículo 131 del Código Penal. Este artículo establece que los delitos prescriben:
- A los quince años, los graves.
- A los diez años, los menos graves.
- A los cinco años, los leves.
Por tanto, el delito de discriminación laboral prescribe a los cinco años.
La prescripción comienza a contarse desde el día en que se comete el delito. Sin embargo, si el delito se oculta, la prescripción comienza a contarse desde que se descubre.
La prescripción puede interrumpirse por cualquier acto del procedimiento que tenga por objeto la averiguación del hecho, la identificación del autor o la localización de bienes para su embargo. La interrupción de la prescripción produce la retroacción de sus efectos al momento en que se cometió el delito.
Por ejemplo, si una persona es despedida por su orientación sexual, el delito de discriminación laboral se comete en el momento en que se produce el despido. La prescripción comenzará a contarse desde ese momento. Si el despido se oculta, la prescripción comenzará a contarse desde que se descubre. Si la víctima presenta una denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, la prescripción se interrumpirá.
Si el delito de discriminación laboral prescribe, la víctima ya no podrá denunciarlo ni reclamar sus derechos.
La importancia de contar con la ayuda de nuestros abogados expertos en delito de discriminación laboral en Barcelona tanto para el acusado como para la víctima
La importancia de contar con la ayuda de nuestros abogados expertos en delito de discriminación laboral en Barcelona tanto para el acusado como para la víctima es fundamental, ya que nosotros, como profesionales y desde Català Reinón, podemos asesorarle y representarle en todo el proceso judicial.
Para el acusado, un abogado experto en delito de discriminación laboral en Barcelona puede ayudarle a:
- Defender sus derechos. El abogado le ayudará a entender sus derechos y a defenderlos ante los tribunales.
- Recopilar pruebas. El abogado le ayudará a recopilar las pruebas necesarias para demostrar su inocencia.
- Negociar un acuerdo. El abogado puede negociar un acuerdo con la víctima para evitar un juicio.
Para la víctima, un abogado experto en delito de discriminación laboral en Barcelona puede ayudarle a:
- Recuperar sus derechos. El abogado le ayudará a recuperar sus derechos, como el empleo, la indemnización por daños y perjuicios, o la sanción al empleador.
- Recopilar pruebas. El abogado le ayudará a recopilar las pruebas necesarias para demostrar la discriminación.
- Presentar una denuncia. El abogado puede ayudarle a presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social o ante los tribunales.
En ambos casos, contar con la ayuda de nuestros abogados expertos en delito de discriminación laboral en Barcelona puede ser la clave para obtener una resolución favorable en el proceso judicial.
En concreto, las funciones que puede desempeñar un abogado experto en delito de discriminación laboral son las siguientes:
- Asesoramiento jurídico: El abogado puede asesorarle sobre sus derechos y sobre las posibles acciones legales que puede emprender.
- Representación legal: El abogado puede representarle en todo el proceso judicial, desde la presentación de la denuncia hasta la celebración del juicio.
- Negociación: El abogado puede negociar un acuerdo con la otra parte para evitar un juicio.
- Preparación del caso: El abogado puede preparar su caso recopilando pruebas, analizando la legislación aplicable, y preparando la estrategia jurídica.
- Representación en juicio: El abogado puede representarle en el juicio, presentando las pruebas, argumentando su caso, y respondiendo a las preguntas de las partes.
Por tanto, contar con la ayuda de Català Reinón y nuestros abogados expertos en delito de discriminación laboral en Barcelona puede ser una inversión muy rentable, ya que puede ayudarle a obtener una resolución favorable en el proceso judicial y a proteger sus derechos.
Opinan nuestros clientes
Oscar Castañeda
Fui a este despacho de abogados en Barcelona por dos temas que tenía en la cabeza, uno de ellos lo analizaron y me dijeron que no hiciese nada y el otro lo están gestionando. Yo creo que son muy transparentes y honestos. Y para el tema que no vamos a hacer nada me han dado unos consejos muy valiosos. Muy buena atención.
Jorge Penayo
Me vi en una gran depresión por culpa de un compañero de trabajo y no sabía cómo poder salir ni que hacer, me hablaron muy bien de Gemma abogada laboralista de Barcelona y fui a verla, soy de Zaragoza, y estoy encantado, la empresa era grande e importante y me daba miedo que no se atreviese, pero al revés ya me lo dijo el primer día. Una gran abogada y una gran persona.
Carmen Arce
He tenido muy buena experiencia con este bufete de abogados. Han respetado el presupuesto que me indicaron al principio y han conseguido hasta el último euro que me debían de un seguro de vida de un familiar que la compañía no me quería pagar. Trato muy cercano y siempre me han informado de todo cuanto han hecho. Según mi opinión, totalmente recomendable.