¿Cuándo y cómo se produce una negligencia médica?
La negligencia médica es un término que se usa para referirnos a aquellos actos que los médicos realizan de manera errónea y que, por lo general, causa perjuicios físicos, daños personales, morales o económicos al paciente intervenido.
Toda negligencia médica viene desarrollada por una acción u omisión no apropiada por parte del profesional médico, de manera que implica que el médico se haya saltado algunos de los parámetros o estándares propios de su gremio profesional, vulnerando la lex artis y dando lugar al paciente afectado a una indemnización.
Debe tener en cuenta que, bajo la producción de una negligencia los daños indemnizables serán los daños personales (que abarcan las lesiones permanentes, incapacidades temporales y daño moral) y los daños materiales (es decir, el daño emergente, que engloba los gastos que tuvo el paciente a causa de la negligencia médica, y el lucro cesante, que recoge todo aquello que el paciente dejó de percibir a raíz y por culpa del error médico).
¿Qué hacer en caso de sufrir una negligencia médica?
Para poder reclamar una indemnización por haber sufrido una negligencia médica debido a un error en la praxis del profesional médico, es muy importante que el paciente recopile toda la documentación médica que se le hubiera dado y que tuviera en su poder (en caso de no tenerla, sería interesante pedir copia de ella) y, además, en caso de haber sufrido lesión física, inmortalice mediante imágenes las secuelas que le pudieron haber causado. Una vez recogidas las pruebas y documentación pertinentes, si lo desean, pueden contactar con nuestros abogados especialistas de Català-Reinón Abogados, situados en la zona centro de Barcelona.
Aun así, hay que tener en cuenta los plazos de actuación, puesto que así será menos complicado para nuestros abogados poder interponer los procedimientos correspondientes. En este caso, podemos ir contra dos tipos de sanitarios en caso de negligencia médica para recibir su indemnización: contra sanitarios públicos o contra sanitarios privados. Si el daño sufrido viene derivado de la acción u omisión de un profesional médico público, nuestros abogados deberán interponer una acción de responsabilidad patrimonial contra la Administración Pública correspondiente, siendo el plazo máximo para interponerla de 1 año desde la producción de la negligencia médica, desde la cura o estabilización del daño producido (en caso de haber daño físico) o desde el fallecimiento del paciente intervenido. En caso de haber producido ese perjuicio sobre el paciente un médico privado, desde nuestro despacho de Barcelona interpondremos una demanda por responsabilidad civil contra el médico en cuestión, siendo los plazos para interponerla de 15 años en el campo de la responsabilidad civil contractual o de 1 año en el caso de estar bajo la responsabilidad civil extracontractual (estos plazos empiezan a contar desde los mismos supuestos que para la sanidad pública).