12 Feb
El divorcio
El divorcio

El Código Civil, en su modificación de 1981, introdujo el concepto jurídico de divorcio mediante el cual dos personas unidas por matrimonio pueden poner fin a su relación, disolver la sociedad económica en común, y volver a casarse con quien deseen.

Diferencias con la separación matrimonial:

  • El divorcio disuelve el vinculo matrimonial, por lo que los cónyuges pueden contraer nuevo matrimonio.
  • No es necesario que se invoque causa alguna para solicitar el divorcio, simplemente manifestar la voluntad de disolver el mismo.

Para poder divorciarse es necesario que hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio, salvo que se acredite la existencia de un riesgo para la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o libertad e indemnidad sexual del cónyuge demandante o de los hijos de ambos o de cualquiera de los miembros del matrimonio (articulo 81 del Código civil).

Dos tipos de divorcios:

  • Divorcio de mutuo acuerdo: requiere previamente un acuerdo plasmado por escrito entre los cónyuges, llamado el convenio regulador, en el que ambos manifiestan su deseo de divorciarse y regulan todas las consecuencias del divorcio.
  • Divorcio contencioso: Si no existe acuerdo por ambos cónyuges en la solicitud del divorcio, cualquiera de los cónyuges puede solicitar del Juzgado que se inicie un procedimiento de divorcio que finalmente termine con la declaración del mismo y por tanto la disolución del matrimonio. 

Fuente de la imagen: www.pixabay.com Stevepb bajo la licencia Pixabay, imagen editada parcialmente, ver imagen original.

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