Delito de fraude procesal / Derecho penal y penitenciario
El derecho penal castiga el delito de fraude procesal que se define como un tipo agravado del delito de estafa y que se recoge en el artículo 250.1.7 del código penal.
Pena para el delito de fraude procesal : de uno hasta seis años de prisión
El bien jurídico protegido en este tipo de derecho penal es el patrimonio y el buen desempeño de las funciones de la administración e impartición de justicia.
Sujeto activo: cualquier persona.
Sujeto pasivo: el Juez, aunque el perjudicado sea el otro litigante.
Acción: consiste en la manipulación de pruebas provocando error en el juez o tribunal de lo que resultará una resolución que puede perjudicar los intereses económicos de la víctima. Es necesario que concurran requisitos para apreciar la existencia de este tipo penal.
*El engaño debe ser suficiente y producirse en el marco de un procedimiento judicial. Debe tener por finalidad la de producir un error en el Juez y el autor pretende que el órgano judicial, dicte una resolución favorable a sus intereses, y en perjuicio de un tercero.
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