El derecho penal al tratar de la calumnia, el tipo básico lo recoge el articulo 205 del Código Penal afirmando que consiste en « la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad ».
Pena en caso de calumnia : prisión de seis meses a dos años o multa de 12 a 24 meses si se propagaran con publicidad y en otro caso, con multa de seis a 12 meses.
El bien juridico que protege en este tipo el derecho penal es el honor de la persona, parte fundamental de la dignidad humana.
- Sujeto activo: cualquier persona física.
- Sujeto pasivo : cualquier persona física como jurídica.
- Acción: el acto de calumnia es atribuir un hecho falso constitutivo de delito a otra persona.
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