20 Feb
La calumnia
La calumnia

El derecho penal al tratar de la calumnia, el tipo básico lo recoge el articulo 205 del Código Penal afirmando que consiste en « la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad ».

Pena en caso de calumnia : prisión de seis meses a dos años o multa de 12 a 24 meses si se propagaran con publicidad y en otro caso, con multa de seis a 12 meses.

El bien juridico que protege en este tipo el derecho penal es el honor de la persona, parte fundamental de la dignidad humana.

  • Sujeto activo: cualquier persona física.
  • Sujeto pasivo : cualquier persona física como jurídica.
  • Acción: el acto de calumnia es atribuir un hecho falso constitutivo de delito a otra persona.

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Fuente de la imagen: www.pixabay.com Geralt bajo la licencia Pixabay, imagen editada parcialmente, ver imagen original.

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