Confíe en Catalá Reinón Abogados, contamos con una larga experiencia en la tramitación de reclamaciones, daños y perjuicios, e indemnizaciones derivados de la existencia de una negligencia médica. Resolveremos su caso y le asesoraremos en todo momento para que su proceso se lleve a cabo de una forma ágil, sencilla y satisfactoria. No dude en que velaremos por sus intereses y por el correcto desarrollo del proceso para que obtenga la máxima indemnización.

¿Qué procedimiento deberá iniciar para reclamar la negligencia médica?

El procedimiento para reclamar los daños sufridos por una negligencia médica es diferente según si se comete en la sanidad pública, en la sanidad privada o en ambos campos.

Ante una negligencia médica, las compañías de seguros, la administración sanitaria y los centros médicos, utilizan su situación de poder para negar las reclamaciones legítimas de los pacientes, dejándolos así  en el más absoluto desamparo. Ante tal escenario, el paciente necesita un asesoramiento legal especializado en el ámbito de la responsabilidad sanitaria, y esa es precisamente nuestra especialidad.

Sanidad pública

Si la negligencia se ha producido en la sanidad pública, se deberá interponer una reclamación por responsabilidad patrimonial ante la administración sanitaria competente. En este procedimiento se reclama ante la administración sanitaria causante una indemnización por los daños que ha sufrido el paciente debido a su mala práctica. Este procedimiento se deberá iniciar en un plazo máximo de un año desde que ocurrió la negligencia médica, desde el fallecimiento del paciente o si la negligencia médica agrava una lesión, daño o enfermedad desde la fecha en la que el paciente se estabilice (cuando el paciente recibe el alta de la lesión, del daño o de la enfermedad).

Sanidad privada

Si la negligencia se ha producido en la sanidad privada, se deberá interponer una demanda por responsabilidad civil ante la jurisdicción civil contra los causantes del daño. Este procedimiento cuenta con un plazo de prescripción de 15 años, cuando se trate de responsabilidad contractual, aunque en ocasiones podría ser de un año, cuando se trate de responsabilidad extracontractual. El plazo empezará a contar desde que se produjo la negligencia médica, desde el fallecimiento del paciente o si la negligencia médica agrava una lesión, daño o enfermedad desde la fecha en la que el paciente se estabilice (cuando el paciente recibe el alta de la lesión, del daño o de la enfermedad).

Si se encuentra ante una negligencia médica y quiere poner remedio a su situación, no dude en contactar con nuestros mejores especialistas, ellos estarán encantados de ponerse a su disposición. Català-Reinón le ofrecerá el mejor asesoramiento en Madrid acerca de negligencias médicas. Cómo proceder ante una negligencia médica.

¿Qué es una negligencia médica? En Catalá Reinón disponemos de los mejores abogados negligencias médicas Madrid

Usted está ante una ante una negligencia médica o mala praxis médica cuando en un hospital, centro sanitario o algún miembro del personal sanitario no sigue el protocolo médico exigible, causando así daños físicos y/o morales en el paciente. Se trata pues de un error dado por un tratamiento inadecuado que conlleva una lesión al paciente, cuando se ha dejado de actuar o no se ha informado bien. Esa lesión física o psicológica supondrá una responsabilidad que podrá recaer sobre cualquier profesional sanitario.

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Los casos más habituales de Negligencia Médica son:

  • Un mal diagnóstico.
  • La no realización de un seguimiento adecuado tras una operación.
  • Una protección insuficiente ante un tratamiento agresivo.
  • Altas médicas prematuras a causa de una mala exploración al paciente, o por el contrario, tardías dadas a un mal pronóstico.

Si usted es víctima de una Negligencia Médica, ¿cómo debe actuar? NUESTROS ABOGADOS EXPERTOS EN NEGLIGENCIAS MÉDICAS LE ASESORAN.

Una vez detectada la negligencia médica, si hay una víctima mortal, es primordial solicitar una autopsia ante el juzgado de guardia. Debido a que se trata de una prueba independiente que puede servir a la reclamación.

Asimismo se deberá recopilar toda la documentación médica que dispongas e incluso exigir dicha documentación en el centro médico. Se necesitará el historial médico, la Hoja quirúrgica y Consentimiento informado ambas últimas firmadas por el paciente si ha existido alguna intervención. Será conveniente contar con el testimonio de otros pacientes o testigos que se tenga de los hechos.

Tras todo ello, y con la sospecha de haber sido víctima de una negligencia médica, sería conveniente contactar con abogados negligencias médicas Madrid. Será él quien determinará si efectivamente hay una negligencia en la práctica médica y, si la hay, por qué vía debe hacerse la reclamación. Existen tres procedimientos para realizar una reclamación por negligencia médica: la penal, la civil y la contencioso-administrativa.

Con la vía CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA se reclama la responsabilidad patrimonial de la administración, y no del personal médico específico. De este modo será más fácil obtener sentencia favorable que por la vía penal, pero con mayor lentitud. En este procedimiento hará falta procurador y pagar tasas judiciales.

La vía CIVIL busca únicamente la compensación económica por parte del responsable de la negligencia médica. Procedimiento muy utilizable en caso de negligencias leves, ya que es la vía más eficaz, pero más costosa económicamente dado que puede conllevar la condena en costas.

Por último la vía PENAL persigue la compensación económica y, conjuntamente, declarar culpable al médico que practico la mala praxis médica. Es un procedimiento rápido y económico. Los jueces podrán inhabilitar a los médicos o condenarlos.

En cualquiera de las jurisdicciones anteriormente expuestas, se podrá reclamar por cada uno de los tres tipos de culpa en caso de Negligencia Médica:

Primero nos encontramos con la Culpa Inconsciente, que sería la falta de previsión o imprudencia que produce una negligencia evitable. Seguidamente, la Culpa Consciente, donde se confía en que dicho resultado no ha de producirse, aunque se tiene constancia de que entra ¿Qué es lo que se podrá reclamar en una Negligencia Médica? CATALÀ REINÓN ABOGADOS ESPECIALIZADOS EN NEGLIGENCIAS MÉDICAS. dentro de lo posible o probable. Finalmente, existe la Culpa Profesional, es la cual se ha actuado en contra de la Lex Artis Médica, es decir, el protocolo o las reglas de la propia actividad médica.

¿Qué daños serán indemnizables por Mala-Praxis Médica?

Los daños indemnizables sufridos por el paciente pueden ser de 2 clases:

Daños Personales. Son las lesiones permanentes que tiene el paciente, los daños y secuelas constantes y continuas producidas por el error médico. Asimismo, se indemnizará la Incapacidad Temporal, es decir, el tiempo requerido en la cura de las lesiones producidas por el fallo médico. Por último se deberá compensar económicamente el Daño Moral padecido, el sufrimiento moral de la víctima de la negligencia médica, así como de sus familiares.

Daños Materiales. Aquí nos encontramos con la posible indemnización tanto del Lucro Cesante, que es la pérdida de la capacidad económica del afectado producida por el error médico y, por otro lado, el Daño Emergente, que consistiría en todos los gastos que produce en el paciente la mala praxis médica, tales como gastos propiamente médicos, gastos de rehabilitación, gastos producidos por la adecuación de la nueva vida del paciente, etc.

Abogados especializados en negligencias médicas en Madrid

Confíe en Catalá Reinón Abogados, prestamos un servicio de asesoramiento, defensa y reclamaciones por negligencias médicas de particulares en aquellos pacientes que sufren una negligencia médica frente a las distintas instituciones sanitarias ya sean públicas o privadas. Nuestros especialistas en negligencias médicas le asesorarán de forma personalizada e inmediata, le ayudarán y orientarán desde el primer momento y hasta el final de todo el proceso. 

Somos un Bufete de Abogados especialistas en Negligencias Médicas con más de 25 años de experiencia

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